Desde hace unos años y con la intención del legislador de incentivar la inversión en el tejido productivo de nuestro país, que está compuesto mayoritariamente por pymes, así como incentivar la inversión en ideas de negocio de emprendedores, tanto a nivel estatal y autonómico se han generado deducciones en el IRPF cuando se realizan inversiones en empresas de reciente o nueva creación.
En cuanto a la regulación estatal, el artículo 68 de la Ley del IRPF contempla una deducción del 30% de las cantidades destinadas a inversiones en entidades de nueva o reciente creación, que serán:
Deducción por inversión en nuevas empresas: inicio y razón de ser
La Ley de Emprendedores de 2013 aprobó una deducción estatal por inversión en empresas nuevas o de reciente creación y una exención por reinversión en acciones o acciones de otras startups .
Asimismo, las Comunidades Autónomas también ofrecen deducciones similares para fomentar la innovación y el emprendimiento local.
Incentivos fiscales a la inversión en empresas
El objetivo de estas deducciones por invertir en empresas es incentivar a las personas con dinero a destinar parte de su patrimonio a proyectos empresariales en fase inicial y también ayudar a los emprendedores .
Es una fórmula para intentar desviar parte del capital hacia empresas de nueva creación como alternativa a la inversión tradicional en acciones y fondos. De hecho, invertir en un fondo que a su vez invierte en start-ups no da derecho a deducción. Lo que sí hace es utilizar los servicios de empresas especializadas como Kickstarter o Dozen, por poner dos ejemplos.
Requisitos para acogerse a la deducción por inversión en nuevas empresas
Para poder disfrutar de esta deducción es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- El máximo inversión deducible Será de 50.000 euros anuales, y el capital no podrá proceder de una Cuenta de Ahorro de Empresa ya que de esta forma se disfrutaría de una doble deducción.
- La deducción total no puede ser superior a 10.000 euros.
- La inversión no debe representar más del 40% del capital social de la sociedad, ya sea directa o indirectamente a través de su cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.
- La sociedad de nueva o reciente creación deberá revestir la forma de Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral.
- La actividad de la nueva sociedad deberá contar con medios personales y materiales y, en ningún caso, se admitirán sociedades cuya actividad sea la gestión de bienes inmuebles o muebles. Este requisito deberá cumplirse durante todos los años de tenencia de las acciones o participaciones.
- Los fondos propios de la Sociedad no podrán superar los 400.000 euros anuales en el momento de la adquisición de las acciones o participaciones. Y, si la Sociedad forma parte de un grupo, este límite se aplicará a los fondos propios de todas las entidades del grupo.
- La sociedad en la que se haya realizado la inversión deberá tener una antigüedad máxima de 3 años y las acciones o participaciones deberán haber sido adquiridas en el momento de la constitución de la sociedad o en un posterior aumento de capital dentro de los primeros años de es la vida.
- La Empresa debe realizar una nueva actividad, no se podrá deducir la inversión en empresas que realicen la misma actividad que venía realizando otra empresa.
- Las acciones o participaciones adquiridas deberán permanecer en el patrimonio del contribuyente un mínimo de tres y un máximo de doce años.
- El inversor deberá solicitar a la Sociedad un Certificado de Sociedad que acredite el cumplimiento de los requisitos de forma societaria, actividad y fondos propios.
¿Qué pasa si hago la deducción en la declaración de la renta sin presentar el modelo 165?
En este caso es válida la afirmación de que «el orden de los factores no altera el producto». Si realizas la deducción directamente de la renta sin presentar previamente el modelo 165, la Agencia Tributaria te exigirá que justifiques la inversión que da derecho a la deducción.
No se ustedes, pero a mi me gusta un requisito fiscal mas o menos lo mismo que encontrar goteras en el baño.