Invertir nuestro dinero en busca de rentabilidad, como ya hemos explicado en otras ocasiones en este blog, conlleva riesgos que tenemos que valorar en función de nuestro perfil. Una vez que ya hemos decidido asumir dicho riesgo porque la inversión en un determinado activo o producto encaja en nuestro plan financiero, es importante conocer las opciones que tenemos en caso de que incurramos en pérdidas, como cuando vendemos acciones a un precio inferior al que los compramos.
Así, cuando algún producto financiero nos provoca una pérdida o rentabilidad negativa, tenemos la posibilidad de compensarlo en la cuenta de resultados, tal y como se explica a continuación.
Retención de fondos de inversión
En el momento del reembolso, la gestora de su fondo de inversión retendrá el 19% del beneficio a favor de Hacienda (si no hay beneficio, no retener alguno).
En función del resto de sus ingresos por inversiones, esta retención se regulariza en la siguiente declaración de la renta.
1996
Se modifican los coeficientes de reducción y se introduce un factor de actualización por inflación. También se fijó una tasa fija del 20% para las utilidades obtenidas de inversiones mantenidas por un período superior a dos años. A este tipo impositivo se le aplicaba una reducción en función de los años mantenidos.
Las entidades bancarias están obligadas a retener el 18% de los beneficios obtenidos en el momento de la venta de todo o parte del fondo de inversión. También tributaría al 18% por las ganancias y pérdidas de capital obtenidas a plazos superiores a un año.
¿Qué debo esperar si invierto?
Como cualquier empleador que te paga durante el año, recibirás formularios de impuestos para cualquier hecho imponible. El IRS requiere que las compañías de fondos mutuos y las casas de bolsa presenten estos formularios, por lo que también recibirá una copia para ayudarlo a completar su declaración de impuestos.
Si no ocurrieron hechos imponibles, no recibirá formularios de impuestos. Si tiene cuentas con impuestos diferidos o libres de impuestos, muchos de esos eventos imponibles en realidad no estarán sujetos a impuestos. Por ejemplo, en una cuenta de corretaje sujeta a impuestos, una acción ordinaria que paga dividendos es un hecho imponible. Sin embargo, los dividendos en un plan 401(k) o una cuenta RothIRA no son un hecho imponible. Al final del año no recibirá un Formulario 1099-DIV asociado con ese pago.